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Seguridad

Comisión de seguridad e higiene

Órgano bipartito (empresa-trabajadores) obligatorio en México en todo centro de trabajo con ≥1 trabajador. Funciones: investigar accidentes, proponer medidas preventivas, vigilar cumplimiento de NOM-STPS, registrar recorridos e inspecciones. Regulada por NOM-019-STPS. Registro ante STPS en formato electrónico SIRCE. Reuniones mínimas: 1 vez al mes. Actas de cada recorrido archivadas 2 años.

Lo que debes saber

  • Órgano bipartito (empresa-trabajadores) obligatorio en México en todo centro de trabajo con ≥1 trabajador.
  • Funciones: investigar accidentes, proponer medidas preventivas, vigilar cumplimiento de NOM-STPS, registrar recorridos e inspecciones.
  • Regulada por NOM-019-STPS.
  • Registro ante STPS en formato electrónico SIRCE.
  • Reuniones mínimas: 1 vez al mes.

Definición completa

Órgano bipartito (empresa-trabajadores) obligatorio en México en todo centro de trabajo con ≥1 trabajador. Funciones: investigar accidentes, proponer medidas preventivas, vigilar cumplimiento de NOM-STPS, registrar recorridos e inspecciones. Regulada por NOM-019-STPS. Registro ante STPS en formato electrónico SIRCE. Reuniones mínimas: 1 vez al mes. Actas de cada recorrido archivadas 2 años.

Contenido expandido próximamente — estamos enriqueciendo este término con diagramas, ejemplos y tablas comparativas.

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Normas aplicables

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